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Reglamento de máquinas UE
Article 51(2), Article 52, Article 54

De la Directiva de máquinas al Reglamento: las fechas, y qué pasa con las máquinas ya vendidas

El Reglamento (UE) 2023/1230 se aplica desde el 20 de enero de 2027 y la Directiva 2006/42/CE queda derogada ese mismo día. Las máquinas introducidas legalmente en el mercado antes pueden seguir comercializándose, pero los nuevos plazos de diez años corren por unidad desde el día en que cada una se introdujo.

Empiece por la fecha, porque una proporción sorprendente de los resúmenes que circulan por internet la da mal, incluidos los de quienes venden servicios de cumplimiento. El Reglamento la enuncia en su último artículo.

“Será aplicable a partir del 20 de enero de 2027.”
Article 54

20 de enero de 2027. La fecha merece un momento, porque el Diario Oficial publicó primero el 14 de enero, y una corrección de errores del 4 de julio de 2023 (DO L 169, página 35) la corrigió al 20 de enero, junto con otras trece fechas. EUR-Lex no reescribe una página ya publicada cuando aparece una corrección, así que el texto sin corregir sigue siendo el que devuelven la mayoría de las búsquedas, y un resumen que lo cite dirá 14 de enero de total buena fe. Si la fuente en la que confía dice 14 de enero de 2027, no ha leído la corrección de errores.

La Directiva se va el mismo día

“Queda derogada con efecto a partir del 20 de enero de 2027 la Directiva 2006/42/CE.”
Article 51(2)

No hay un periodo solapado en el que el fabricante elija entre los dos textos. El artículo 51, apartado 2, dice además que las referencias a la Directiva derogada se entenderán hechas al Reglamento, con arreglo a la tabla de correspondencias del anexo XII. Esa es la herramienta práctica para quien tenga procedimientos internos, contratos o pliegos de proveedores que citen la 2006/42/CE por número de artículo.

Máquinas introducidas en el mercado antes de ese día

“Los Estados miembros no impedirán la comercialización de productos que se introdujeran en el mercado de conformidad con la Directiva 2006/42/CE antes del 20 de enero de 2027. Sin embargo, el capítulo VI del presente Reglamento se aplicará a partir del 19 de julio de 2023 a dichos productos en lugar del artículo 11 de dicha Directiva, incluidos los productos respecto de los cuales ya se haya iniciado un procedimiento en virtud del artículo 11 de la Directiva 2006/42/CE.”
Article 52(1)

Esta es la cláusula de respeto de lo ya hecho, y es más estrecha de lo que se espera. Protege las máquinas introducidas en el mercado conforme a la Directiva antes del 20 de enero de 2027: esas pueden seguir comercializándose después, y los Estados miembros no pueden impedirlo. No convierte un stock de máquinas sin vender en máquinas conformes, porque "introducción en el mercado" es un hecho por unidad, referido a la primera comercialización en la Unión, y no una afirmación sobre un modelo o una serie de producción.

La pregunta para cada máquina concreta es, por tanto, en qué fecha se comercializó por primera vez esa unidad en la Unión, y la respuesta decide con qué texto se la juzga el resto de su vida. Un modelo en producción a ambos lados de la fecha tendrá a la vez unidades bajo los dos regímenes, con obligaciones documentales distintas.

Certificados que ya tiene

“Los certificados de examen CE de tipo expedidos y las decisiones de aprobación adoptadas de conformidad con el artículo 12 de la Directiva 2006/42/CE mantendrán su validez hasta que caduquen.”
Article 52(2)

Los certificados de examen CE de tipo y las decisiones de aprobación expedidos conforme al artículo 12 de la Directiva siguen siendo válidos hasta que expiren. No se vuelven permanentes, y no se extienden a unidades introducidas en el mercado después de que el certificado caduque.

El reloj que no se para en 2027

La obligación de disponibilidad en línea durante diez años se cuenta por unidad desde la introducción en el mercado de esa unidad, así que sigue corriendo mucho después de que la transición deje de ser noticia. Una máquina introducida en el mercado en febrero de 2027 lleva sus instrucciones en línea hasta 2037 como pronto, y más si su vida útil prevista es mayor. Un modelo producido de 2027 a 2035 arrastra obligaciones hasta los años cuarenta, mucho después del fin de su producción. Sea cual sea el soporte que elija para alojar la documentación, la elección tiene que sobrevivir a una década de rotación de su propia plantilla.

Lo que ya está en vigor

No todo el Reglamento esperó a 2027. El artículo 54 adelanta varias partes: las disposiciones sobre organismos notificados de los artículos 26 a 42 desde el 20 de enero de 2024, la disposición sobre sanciones del artículo 50, apartado 1, desde el 20 de octubre de 2026, y el artículo 6, apartado 7, junto con los artículos 48 y 52 desde el 19 de julio de 2023. Esto último es la razón de que la regla transitoria citada arriba esté operativa desde 2023 y no empiece con todo lo demás.

Lo que esta guía no cubre

Qué cambia en el fondo, y no solo en las fechas, es objeto de una guía aparte. La tabla de correspondencias del anexo XII es la fuente autorizada para pasar de los números de artículo antiguos a los nuevos, y es larga. Nada de esto es asesoramiento jurídico, y lo único que merece la pena llevarse de esta página es la costumbre de contrastar una fecha con el Diario Oficial y no con un resumen.

Aquí es donde vive esta documentación

Suba los manuales y las declaraciones que ya tiene y obtendrá un código QR, el archivo de la placa y una dirección permanente, en cada idioma al que vende. Las revisiones publicadas nunca se eliminan, así que lo que servía en 2027 sigue siendo demostrable en 2037.